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NOVEDADES DEL ESTATUTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO |
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LEY 20/2007, de 11 de julio del ESTATUTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO (L.E.T.A.)
B.O.E. Nº 166 de 12 de julio de 2007 ENTRADA EN VIGOR: 12-10-2007 ÁMBITO DE APLICACIÓN SUPUESTOS INCLUIDOS: - las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena.
- Los socios industriales de sociedades regulares colectivas y de sociedades comanditarias.
- Los comuneros de las comunidades de bienes y los socios de sociedades civiles irregulares
- Quienes ejerzan las funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejero o administrador
- Los trabajadores autónomos económicamente dependientes
SUPUESTOS EXCLUIDOS: - Las relaciones de trabajo por cuenta ajena.
- La actividad que se limita pura y simplemente al mero desempeño del cargo de consejero o miembro de los órganos de administración en las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad.
- Las relaciones laborales de carácter especial
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